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POLÍTICA TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL:
El programa de Transparencia y Ética Empresarial establecen los siguientes lineamientos o principios rectores, los cuales están alineados con el Código de Conducta de La Compañía.
1.1. Principio rector:
La Compañía no tolera ningún acto de Corrupción o de Soborno Transnacional, velando porque cada uno de sus empleados, socios, directivos adopten los principios y valores establecidos en el Código de Ética y se conviertan en su filosofía y actuar en las actividades que desarrolle La Compañía, así como en las actividades personales diarias, protegiendo el buen nombre de La Compañía y de todos las contrapartes vinculadas a la misma, sean personas naturales o jurídicas, con las cuales establezca un vínculo comercial.
1.2. Elementos Fundamentales de la Política:
a. La Compañía rechaza y no participa en actos de Corrupción, incluido el soborno transnacional.
b. Implementa mecanismos necesarios para combatir y luchar contra la corrupción y otros actos delictivos relacionados con el soborno transnacional.
c. Establece reglas de conducta con el fin de prevenir la ocurrencia de cualquier acto de Corrupción derivado de la entrega y recepción de regalos, dineros o dadivas.
d. La Junta Directiva promueve una cultura de transparencia e integridad en la cual la corrupción y el soborno transnacional son considerados inaceptables.
e. La Junta Directiva será la responsable de aprobar el Programa de Transparencia y Ética Empresarial.
f. La Junta Directiva será la responsable de nombrar al Oficial de Cumplimiento, responsable de liderar y administrar el PTEE.
g. La Compañía adopta las medidas de debida diligencia y debida diligencia intensificada previo a la vinculación aprobación e inicio de cualquier relación contractual o legal con cualquiera de nuestras contrapartes.
h. La Compañía divulgará el Programa de Transparencia y Ética Empresarial al interior de la organización y a las demás partes interesadas, otorgando capacitación a todos sus empleados.
i. La Compañía realizará la identificación, medición, control y monitoreo de los riesgos de soborno y corrupción.
j. Todas las operaciones, negocios y contratos que adelante La Compañía se ajustarán a las políticas y procedimientos dispuestos en este Programa y demás normas internas que regulen los factores de riesgo de Soborno Transnacional y Corrupción.
k. Los empleados de La Compañía son responsables de denunciar cualquier acto de soborno y/o corrupción al interior de la Asociación, así como de cooperar en las investigaciones que se adelanten.
l. La Compañía dispondrá de líneas de comunicación para que todos los interesados y terceros puedan denunciar cualquier acto de corrupción y soborno, garantizando la total confidencialidad.
1.3. Principios específicos de la Política:
El PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL establece los principios fundamentales que reflejan el actuar de La Compañía a todo nivel y se integran a lo establecido en el
Código de Ética:
- Principio de la legalidad: Todas las personas vinculadas a La Compañía están comprometidas en velar por el cumplimiento no solamente de la letra sino del espíritu de la Constitución y de las leyes colombianas, igualmente de las disposiciones y reglamentaciones que expidan las autoridades y las normas y políticas fijadas por La Compañía.
- Principio de la honestidad: En la medida en que todos los trabajadores sean conscientes de sus responsabilidades y de sus obligaciones morales, legales y laborales y las practiquen, se puede afirmar que se está cumpliendo con los deberes frente a la comunidad, la empresa y el país y la única forma de hacerlo es guiándose por la senda de un negocio honesto, transparente y legítimo. Quienes tienen mayor nivel jerárquico y responsabilidad sobre bienes y procesos de La Compañía deben estar más comprometidos con una conducta próvida.
- Principio de la buena fe: Actuar con buena fe, con diligencia y cuidado, velando permanentemente por el respeto de las personas y el cumplimiento de la ley y dando prelación en sus decisiones a los principios y valores de La Compañía por encima del interés particular.
- Principio de la lealtad: Por lealtad con La Compañía toda persona debe comunicar oportunamente a sus superiores inmediatos todo hecho o irregularidad cometida por parte de otro funcionario o de un tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de La Compañía, de sus clientes, accionistas y directivos. Si el empleado prefiere conservar en reserva su identificación para comunicar dicho hecho, puede hacerlo a través del canal de comunicación establecido en el presente documento.
- Principio del interés general y corporativo: Todas las acciones siempre deben estar regidas por el interés general y la gestión a todo nivel debe estar desprovista de cualquier interés económico personal. Las conductas transparentes están exentas de pagos o reconocimientos para obtener o retener negocios o conseguir una ventaja de negocios.
- Principio de la veracidad: Se actúa y se acepta la verdad por encima de cualquier consideración. La información que expedimos al público en general, es veraz.
1.4. Valores:
De igual manera, La Compañía ha definido los siguientes valores que nos identifican:
- Integridad: nuestros colaboradores actúan con honestidad. Respetamos las leyes y las normas. Sabemos que con cada acción que realizamos damos buen ejemplo. Somos legítimos, transparentes y coherentes con nuestro actuar y pensar.
- Excelencia: comprometidos con la eficiencia y eficacia, mejora continua y motivación en lo que se hace, marcando una diferencia y creando un valor agregado que sea reconocido por el mercado.
- Respeto por las personas: respetar la dignidad y la integridad física de las personas es un axioma o principio máximo de nuestro actuar. Tenemos un profundo respeto por el consumidor, la sociedad. El respeto nos hace valorar la diferencia y construir relaciones de confianza basadas en la inclusión y el buen trato.
- Orientación al cliente: contar con la disposición de llevar a cabo un trabajo basado en el conocimiento de las necesidades y expectativas de nuestros clientes, tanto externos como internos.
- Compromiso: nuestro certificado que garantiza el trabajo, el desempeño, el alto sentido de responsabilidad, lealtad y en general en el quehacer diario de nuestras vidas.
- Cooperación: nuestro espíritu de cooperación hace que el trabajo y el aprendizaje en equipo sean esenciales para el éxito de la operación comercial de La compañía.
1.5. Declaraciones y compromisos:
La Compañía declara y asume una posición de CERO TOLERANCIA frente a cualquier acto incorrecto, antiético, ilegal o de corrupción que atente contra los
principios de la ética, la transparencia y la legalidad, incluido el soborno en cualquiera de sus formas, de tal manera que se encuentra prohibida cualquier conducta que corresponda a dichos actos. En consecuencia, La Compañía se compromete a:
· Abstenerse de ofrecer, prometer, aceptar, entregar o solicitar ventajas indebidas de cualquier valor, directa o indirectamente, e independientemente de su ubicación, como incentivo para obtener un beneficio.
· Cumplir con las leyes en materia anticorrupción que les sean aplicables, incluidas aquellas destinadas a la prevención, detección y sanción del soborno.
· Cumplir con los requisitos que sean adoptados por La Compañía para la mitigación de los riesgos de corrupción a los que se encuentra expuesto, incluidos los riesgos de soborno.
· Disponer los recursos humanos, financieros, administrativos y tecnológicos necesarios para que cualquier persona, pueda reportar de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, presuntos actos incorrectos o de corrupción, incluido el soborno.
· Promover el planteamiento de reportes o inquietudes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable por medio de la línea ética.
· Tramitar la totalidad de los reportes efectuados y sancionar los actos incorrectos o de corrupción cometidos en el marco de su relacionamiento con las diferentes partes interesadas, incluido el soborno. Dichas sanciones se evidencian más específicamente en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT).
· Prohibir cualquier acto de represalia en contra de quienes presenten reportes o inquietudes, garantizar su anonimato y establecer las medidas requeridas para su protección, tales como, la reubicación del reportante, considerar las represalias como una falta disciplinaria, entre otras medidas establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT).
· Diseñar e implementar programas de capacitación y sensibilización periódicos destinados a promover una cultura de ética, legalidad y transparencia al interior de La Compañía.
· Establecer procedimientos de debida diligencia que permitan gestionar adecuadamente los riesgos de corrupción en el marco del relacionamiento de La Compañía con sus diferentes partes interesadas.
· Implementar y aplicar mecanismos efectivos de sanción o reproche frente a los actos incorrectos o de corrupción cometidos por sus socios, accionistas, trabajadores, contratistas, proveedores, clientes, y aliados comerciales y demás partes interesadas.
· Respaldar el diseño, implementación y mejora continua del Programa de Transparencia y Ética Empresarial.